En este momento estás viendo Ley Karin en cifras: qué revela el último informe de la Dirección del Trabajo
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A casi año y medio de la entrada en vigencia de la Ley 21.643 —conocida como Ley Karin—, la Dirección del Trabajo publicó en enero de 2026 su informe consolidado con los datos de denuncias recibidas entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de diciembre de 2025. Las cifras ofrecen un panorama útil para que las áreas de personas y gerencias generales dimensionen el fenómeno y ajusten sus protocolos internos.

Más de 66 mil solicitudes en 17 meses

Durante el período, la Dirección del Trabajo recepcionó 66.596 solicitudes por presunta vulneración a la normativa de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo. El canal web concentró la mayor parte de los ingresos, con 30.031 solicitudes (45%), seguido por el canal presencial con 25.045 (38%) y las derivaciones de investigación desde el propio empleador, con 11.520 (17%).

El comportamiento mensual muestra un peak inicial en agosto de 2024, coincidente con la entrada en vigencia de la ley, y una tendencia levemente decreciente hacia fines de 2025, con un promedio que se estabiliza entre 3.500 y 3.900 solicitudes mensuales.

De cada seis solicitudes, una termina en vulneración confirmada

De ese universo, 11.088 casos fueron aprobados jurídicamente como vulneración efectiva a la normativa laboral. Dos tercios de los denunciantes corresponden a mujeres (66,7%), proporción que se mantiene estable respecto del período anterior, mientras que el 31,5% corresponde a hombres y un 1,9% no declaró su sexo.

En cuanto al tipo de materia, el acoso laboral general concentra la gran mayoría de las vulneraciones confirmadas (86,9%), mientras que el acoso sexual y la violencia en el trabajo representan cada uno alrededor de un 6,5%.

La gran empresa concentra la mitad de los casos, pero la pyme no está exenta

Según el tamaño de la empresa donde trabaja el denunciante, la gran empresa concentra el 49% de las vulneraciones confirmadas, seguida por la pequeña empresa (18%), la mediana (17%) y la microempresa (11%). En conjunto, micro, pequeña y mediana empresa suman un 46% de los casos, una cifra que desmiente la idea de que el acoso laboral y la violencia en el trabajo son un problema exclusivo de las grandes organizaciones.

Esta distribución es un llamado de atención especialmente para las pymes: muchas veces cuentan con menos capacidad interna para diseñar protocolos de prevención, capacitar a sus equipos o gestionar investigaciones dentro de los plazos que exige la ley.

Qué implica esto para la gestión de personas

El informe confirma que la Ley Karin llegó para quedarse como un eje central de la gestión de riesgos laborales, y que su cumplimiento no se resuelve solo con protocolos formales, sino con procesos activos de prevención, canales de denuncia claros y equipos capacitados para investigar con el rigor que exige la normativa.

En SOS Group acompañamos a empresas de todos los tamaños en el diseño e implementación de protocolos de prevención de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, ajustados a los requerimientos de la Ley 21.643.


Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley Karin? Es la Ley 21.643, que modificó el Código del Trabajo y otros cuerpos legales para prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo. Entró en vigencia el 1 de agosto de 2024.

¿Cuántas denuncias ha recibido la Dirección del Trabajo por la Ley Karin? Según el informe de enero de 2026, la Dirección del Trabajo recepcionó 66.596 solicitudes entre agosto de 2024 y diciembre de 2025, de las cuales 11.088 fueron aprobadas jurídicamente como vulneración efectiva a la normativa.

¿Qué empresas concentran más denuncias confirmadas por Ley Karin? La gran empresa concentra el 49% de las vulneraciones confirmadas, pero micro, pequeña y mediana empresa suman en conjunto un 46%, lo que muestra que el fenómeno afecta a organizaciones de todos los tamaños.

¿Qué debe hacer una empresa para cumplir con la Ley Karin? Debe contar con un protocolo de prevención del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo, canales de denuncia definidos y procesos de investigación que cumplan con los plazos y garantías establecidos por la normativa.

Fuente: Dirección del Trabajo, «Informe de denuncias por Ley 21.643: Prevención y Protección contra el Acoso Laboral, Sexual y Violencia en el Trabajo», enero 2026.